Programa 5: Fomento de la regeneración y renovación urbanas
Descripción
Este programa tiene por objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de ámbitos de actuación previamente delimitados.
Su finalidad es mejorar los tejidos residenciales, y recuperar funcionalmente conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y núcleos rurales.
Beneficiarios
Administraciones Públicas, los propietarios de viviendas, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, los consorcios y entes asociativos de gestión.
Condiciones de los ámbitos y actuaciones
Ámbito delimitado y declarado por acuerdo de la Administración competente, continuo o discontinuo, de al menos 100 viviendas, con excepciones.Al menos un 60% de la edificabilidad sobre rasante deberá destinarse a uso residencial de vivienda habitual.Aprobación del instrumento urbanístico y de ejecución y equidistribución.Los edificios y viviendas deberán cumplir además: que el edificio cuente con el “informe de evaluación” y las actuaciones cuenten con el acuerdo de la Comunidad o Comunidades de Propietarios.
Ayudas
Cuantía máxima de las ayudas: 35% del coste subvencionable de la actuación.Ayuda unitaria máxima:11.000€ por cada vivienda objeto de rehabilitación.30.000€ por cada vivienda construida en sustitución de otra demolida.2.000€ por vivienda rehabilitada y/o por vivienda construida en sustitución de otra demolida, para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad delmedio urbano.A lo anterior se le añadirá, en su caso: 4.000€ anuales por unidad de convivencia a realojar,durante el tiempo que duren las obras y hasta un máximo de 3 años. Hasta 500€ por vivienda rehabilitada o construida en sustitución de otra demolida, para el coste de los equipos y oficinas de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social.Serán compatibles con otras ayudas públicas, siempre que su importe no supere el coste total de la actuación. No son compatibles con las ayudas del programa de rehabilitación edificatoria